Funciones
Artículo 120.- Vicerrectorado Académico
El Vicerrectorado Académico es el órgano de alta dirección dependiente del Rectorado; responsable de la dirección y ejecución de la política general de formación académica de la Universidad Nacional de Tumbes.
Artículo 130.- Funciones del Vicerrectorado Académico
El Vicerrectorado Académico tiene las funciones siguientes:
a) Dirigir y ejecutar la política general de formación académica en la UNTUMBES.
b) Coordinar y supervisar las actividades académicas en todas sus áreas con la finalidad de garantizar la calidad de las mismas y su concordancia con la misión y metas de la UNTUMBES.
c) Planificar y dirigir las acciones de capacitación permanente del personal docente de la UNTUMBES.
d) Proponer el modelo educativo y la política curricular a ser implementada a través de las facultades.
e) Dirigir y supervisar las políticas, lineamientos y actividades de bienestar universitario.
f) Dirigir y supervisar las políticas, lineamientos y actividades de Proyección Social y Extensión Cultural
g) Proponer los lineamientos para la selección de los postulantes a la Universidad a través del examen de admisión, selección preferente, habilidades y destrezas y otras modalidades alternativas inclusivas.
h) Planificar, organizar, dirigir, ejecutar y controlar la implementación de la educación virtual en los procesos de formación profesional, a través de la tecnología de información, redes de computadoras y equipamiento necesario.
i) Ejecutar el seguimiento al egresado y graduado.
j) Coordinar y supervisar el proceso de admisión a la UNTUMBES en todas sus etapas y en todas sus modalidades.
k) Supervisar la expedición de títulos profesionales y grados académicos.
l) Las demás atribuciones que le confiera la Asamblea Universitaria, el Consejo Universitario, el Estatuto y la Ley Universitaria 30220.