Servicios de Salud
Artículo 890.- Unidad de Servicios de Salud
La Unidad de Servicios de Salud es la unidad orgánica responsable de brindar servicio médico ambulatorio de primer contacto, de tipo preventivo y curativo, así como atención de urgencias no complicadas a toda la comunidad universitaria.
Artículo 900.- Funciones de la Unidad de Servicios de Salud son funciones de la Unidad de Servicios de Salud:
a) Brindar servicios de salud a la comunidad universitaria.
b) Desarrollar labores de consejería médica y orientación psicológica, así como las actividades de prevención y promoción sanitaria.
c) Formular y desarrollar el programa institucional de promoción para la salud.
d) Proponer convenios con otras instituciones de salud y dirigir las acciones de salud en pro de la comunidad universitaria y de la comunidad.
e) Proporcionar asistencia médica a los atletas que forman parte de los equipos deportivos universitarios, así como los servicios médicos durante los juegos de competencias, en coordinación con la Unidad de Servicios Deportivos.
f) Elaborar estadísticas y mantenerlas actualizadas sobre los servicios prestados a la población estudiantil, así como a los servidores administrativos y docentes de la UNTUMBES.
g) Otras que se le asigne en el ámbito de su competencia.