Asesoría Jurídica
Artículo 260.- Oficina de Asesoría Jurídica
Es el órgano de asesoría dependiente del Rectorado, responsable de prestar asesoramiento y emitir opinión sobre asuntos de carácter jurídico - legal que le sean formuladas por las unidades de organización; asimismo ejerce el desarrollo y ejecución de la defensa de los derechos e intereses de la UNTUMBES.
Artículo 270.- Funciones de la Oficina de Asesoría Jurídica La Oficina de Asesoría Jurídica tiene las siguientes funciones:
a) Asesorar a la Alta Dirección y a los órganos de la entidad sobre aspectos jurídicos relacionados con las competencias de la entidad.
b) Emitir opinión legal sobre convenios y contratos institucionales y demás dispositivos legales.
c) Emitir opinión jurídico — legal sobre los recursos impugnativos y quejas que deban ser resueltos en última instancia administrativa por la entidad, en los casos que corresponda y cuando expresamente lo establezca alguna disposición legal.
d) Emitir opinión de carácter jurídico sobre los proyectos de dispositivos normativos y actos resolutivos a ser suscritos por los órganos de la Alta Dirección
e) Revisar y visar, o en su caso, modificar los proyectos de dispositivos normativos o actos resolutivos a ser suscritos por los órganos de la Alta Dirección.
f) Emitir pronunciamiento jurídico respecto a las discrepancias producidas entre órganos de la Universidad.
g) Dictaminar e informar sobre la correcta aplicación del ordenamiento jurídico vigente.
h) Revisar y visar los contratos de bienes y servicios que vinculen a la Universidad.
i) Ejercer la defensa jurídica de la UNTUMBES, en procesos administrativos, judiciales, arbitrales y los que se encuentran a nivel fiscal y policial.
j) Otras funciones que le encargue el Rector, en el ámbito de su competencia.