Contabilidad
Articulo 540.- Unidad de Contabilidad
La Unidad de Contabilidad es la responsable de planificar, ejecutar y evaluar los procesos técnicos del Sistema Administrativo de Contabilidad, así como de efectuar acciones de fiscalización y control previo.
Artículo 550.- Funciones de la Unidad de Contabilidad Son funciones de la Unidad de Contabilidad:
a) Formular normas, directivas y procedimientos complementarios sobre los procesos técnicos de contabilidad, en el marco de Io dispuesto por la normatividad del Sistema Nacional de Contabilidad.
b) Conducir la elaboración y preparación de la rendición de cuentas.
c) Formular y remitir oportunamente con periodicidad trimestral, semestral y anual, los estados financieros y presupuestarios a la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas.
d) Efectuar diligentemente el registro, conciliación y análisis contable de la información financiera y custodiar los documentos de las operaciones financieras de la Universidad.
e) Realizar la fiscalización y control previo de las operaciones administrativo — financieras de la entidad.
f) Controlar la ejecución del gasto de las asignaciones presupuestarias en concordancia con la Ley de Presupuesto General y las disposiciones complementarias que se emiten. g) Supervisar la toma de inventarios físicos de los bienes de las diferentes dependencias de la Universidad.
h) Las demás funciones que le asigne el Director General de Administración o las que le corresponda de conformidad con los dispositivos legales vigentes.
Dirigida por: C.PC. Gianina Fernandez Baca Moran
Correo: gfernandezb@untumbes.edu.pe
Celular: +51 972 823 345